
Qué lleva la etiqueta de tu producto
Datos obligatorios, sellos y tamaños mínimos según la norma de tu producto, con el numeral de cada uno.
Depende de qué vendes. Un alimento o bebida sin alcohol sigue la NOM-051: nombre, ingredientes, contenido neto, responsable, país de origen, lote, caducidad, tabla nutrimental y, si aplica, sellos de advertencia. Un cosmético sigue la NOM-141, una bebida con alcohol la NOM-142 y casi todo lo demás la NOM-050. Es una guía informativa, no un dictamen.
Escrita por el taller que imprime etiquetas en San Pedro Garza García, con cada norma leída en su texto oficial. No sustituye a un asesor regulatorio: lo que dice la etiqueta es responsabilidad de quien vende el producto.
- Alimentos: NOM-051
- Cosméticos: NOM-141
- Contenido neto: NOM-030
- Guía, no dictamen
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Qué norma aplica a tu producto y qué datos pide
Primero identifica la norma; los datos salen de ella. Esta tabla resume lo que leímos en el texto oficial de cada una. El numeral te deja ir directo a la fuente.
| Tipo de producto | Norma | Datos que pide la etiqueta | Dónde lo dice |
|---|---|---|---|
| Alimentos y bebidas sin alcohol preenvasados | NOM-051-SCFI/SSA1-2010, modificada en 2020 | Denominación, ingredientes y alérgenos, contenido neto, nombre y domicilio fiscal del responsable, país de origen, lote, caducidad o consumo preferente, declaración nutrimental y, si aplica, sellos y leyendas | Numerales 4.2.1 a 4.2.7, 4.5 y 4.5.3.4 |
| Bebidas alcohólicas | NOM-142-SSA1/SCFI-2014 | Denominación, graduación en % Alc. Vol., marca y contenido en la cara principal; leyenda de abuso en el consumo con altura mínima según el volumen | Numerales 9.1.4 y 9.3.7.2.1 |
| Cosméticos: cremas, jabones, aceites, perfumes | NOM-141-SSA1/SCFI-2012 | Denominación genérica, responsable con domicilio, país de origen, lote, modo de uso, lista de ingredientes, caducidad si dura 24 meses o menos y leyendas precautorias | Numerales 5.1.5 a 5.1.8, 5.3.1, 5.3.6 y 5.3.7 |
| Productos sin norma propia: velas, artesanías, accesorios | NOM-050-SCFI-2004 | Nombre genérico si no se reconoce a simple vista, cantidad, responsable con domicilio fiscal, país de origen, advertencias si es peligroso, instrucciones si hacen falta y caducidad cuando corresponda | Numeral 5.2.1 |
| Ropa, accesorios textiles y ropa de casa | NOM-004-SE-2021 | Marca, fibras en porcentaje, talla o medidas, instrucciones de cuidado, país de origen y responsable con RFC, en etiqueta permanente | Numerales 3.8.1 y 4.1.1 |
| Todos los anteriores, para la cantidad | NOM-030-SCFI-2006 | Contenido neto en la superficie principal, con altura mínima de números y letras según el área o el contenido | Numerales 4.1.1, 4.1.3 y 4.3 |
Si tu producto no encaja en una fila, o encaja en dos (por ejemplo, un suplemento o un alimento para bebé), esa duda es para un asesor regulatorio antes de imprimir. Nosotros imprimimos exactamente el texto que autorizas en la prueba.
¿Qué datos pide la NOM-051 en un alimento o bebida?
Nueve bloques: denominación del producto, lista de ingredientes con alérgenos, contenido neto, nombre y domicilio fiscal del responsable, país de origen, lote, fecha de caducidad o de consumo preferente, declaración nutrimental y, cuando el producto rebasa los perfiles, sellos y leyendas de advertencia. Todo en español, con caracteres claros, indelebles y en colores contrastantes.
La norma aplica al producto preenvasado que llega al consumidor final. Su propio numeral 1 deja fuera tres casos que conviene conocer: los alimentos a granel, los envasados en el punto de venta y los que tienen una norma específica que no remite a la NOM-051. Si tu repostería empaca frente al cliente, o si vendes por kilo, pregúntale a tu asesor si tu caso entra en esas excepciones antes de diseñar.
La denominación va en negrillas en la superficie principal, en línea paralela a la base del envase (numeral 4.2.1.1). Los ingredientes van en orden de predominio y los alérgenos al final, en negrillas y bajo la palabra «Contiene»; la norma lista los que se declaran siempre: cereales con gluten, huevo, crustáceos, pescado, moluscos, cacahuate, soya, leche, nueces de árbol y sulfitos desde 10 mg/kg (numeral 4.2.2.2.3). Si hay riesgo de contaminación cruzada en tu cocina, la frase es «Puede contener».
El lote se marca con una clave precedida de «LOTE», «Lote», «L», «LT» u otra de las indicaciones que permite el numeral 4.2.6.3. La caducidad lleva día y mes si el producto dura tres meses o menos, y mes y año si dura más (numeral 4.2.7.1); va precedida de «Caducidad», «CAD» o «Consumir preferentemente antes del». Si la fecha depende de cómo se guarda, agrega la leyenda de conservación, como «manténgase en refrigeración» (numeral 4.2.7.2).
La tabla nutrimental se imprime con letra de al menos 1.5 mm de alto y en negrillas la energía, la grasa saturada, los azúcares añadidos, las grasas trans y el sodio (numeral 4.5.2.4.7 BIS). Baja a 1 mm cuando la superficie principal mide 32 cm² o menos (numeral 4.5.2.4.7 BIS-1). Ese milímetro y medio es lo que más se pierde cuando alguien reduce un diseño para que quepa en una etiqueta chica.

Los datos de la NOM-051, uno por uno
| Dato | Qué pide la norma | Dónde va | Numeral |
|---|---|---|---|
| Denominación | Nombre del producto, en negrillas | Superficie principal | 4.2.1.1 |
| Ingredientes y alérgenos | En orden de predominio; alérgenos al final, en negrillas, tras «Contiene» | Cualquier cara | 4.2.2 y 4.2.2.2.3 |
| Contenido neto | En unidades del sistema general, con la altura mínima de la NOM-030 | Superficie principal | 4.2.3.1 y 4.7.1.5 |
| Responsable | Nombre o razón social y domicilio fiscal | Cualquier cara | 4.2.4.1 |
| País de origen | «Hecho en…», «Producto de…» u otra análoga | Cualquier cara | 4.2.5.1 |
| Lote | Clave precedida de «LOTE», «L» u otra permitida, indeleble | Cualquier parte del envase | 4.2.6 y 4.7.1.3 |
| Caducidad o consumo preferente | Día y mes si dura hasta 3 meses; mes y año si dura más | Cualquier parte del envase | 4.2.7.1 y 4.7.1.3 |
| Declaración nutrimental | Por 100 g o 100 ml, letra de 1.5 mm (1 mm en envases chicos) | Cualquier cara | 4.5.2 |
| Sellos y leyendas | Solo si el producto rebasa los perfiles; octágonos negros | Esquina superior derecha de la superficie principal | 4.5.3.4 |
¿Cuándo lleva sellos de advertencia y de qué tamaño?
Solo cuando al producto se le añaden azúcares, grasas o sodio y, con el cálculo de la norma, rebasa los perfiles nutrimentales. Ese cálculo lo hace el responsable del producto o su asesor, no la imprenta. Si lleva sellos, son octágonos negros en la esquina superior derecha, con un tamaño fijado por el área de la superficie principal.
El sello es un octágono negro con contorno blanco y la firma «SECRETARÍA DE SALUD» (numeral 3.45 y apéndice A). La tipografía es Arial Bold, blanca sobre negro (numeral A.2). Cuando lleva más de uno, el orden de izquierda a derecha es: exceso calorías, exceso azúcares, exceso grasas saturadas, exceso grasas trans y exceso sodio (numeral 4.5.3.4.6). Las leyendas «CONTIENE CAFEÍNA EVITAR EN NIÑOS» y «CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS» van debajo de los sellos (numeral 4.5.3.4.7).
Hay tres reglas de espacio que cambian el diseño de un envase chico. Si la superficie principal mide menos de 60 cm², los sellos pueden ir en cualquier parte de ella. Si mide 40 cm² o menos, en lugar de varios sellos va uno solo con el número de excesos (numeral 4.5.3.4.2). Y si mide 5 cm² o menos, ese sello ocupa al menos el 15 % de la superficie (tabla A1).
Un producto con sellos o con la leyenda de edulcorantes no puede llevar en la etiqueta personajes infantiles, caricaturas, celebridades, mascotas ni juegos dirigidos a niños (numeral 4.1.5). Y si tu producto no lleva sellos, la norma te deja decirlo solo por escrito, con la frase «Este producto no contiene sellos ni leyendas», fuera de la superficie principal y con letra no mayor que la mínima del contenido neto (numeral 4.1.4 Bis).
Sobre las fechas: la modificación de 2020 fijó tres fases para calcular los perfiles. Un acuerdo publicado en el DOF el 31 de julio de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026, alargó la segunda fase hasta el 31 de diciembre de 2027 y movió el inicio de la tercera al 1 de enero de 2028. Además, en 2025 los comités de normalización aprobaron para consulta pública un proyecto que modifica el numeral 4.5.3 (PROY-NOM-051-SE/SSA1-2025). Esto es lo que leímos al 4 de noviembre de 2026; antes de imprimir un tiraje grande, confirma con tu asesor si ya salió la versión definitiva.
Tamaño de cada sello según la superficie principal
| Superficie principal | Tamaño de cada sello (ancho x alto) | Cuántos sellos |
|---|---|---|
| Hasta 5 cm² | Al menos el 15 % de la superficie | Uno, con el número de excesos |
| Más de 5 y hasta 30 cm² | 1 x 1.11 cm | Uno, con el número de excesos |
| Más de 30 y hasta 40 cm² | 1.5 x 1.66 cm | Uno, con el número de excesos |
| Más de 40 y hasta 60 cm² | 1.5 x 1.66 cm | Los que correspondan |
| Más de 60 y hasta 100 cm² | 2.0 x 2.22 cm | Los que correspondan |
| Más de 100 y hasta 200 cm² | 2.5 x 2.77 cm | Los que correspondan |
| Más de 200 y hasta 300 cm² | 3.0 x 3.32 cm | Los que correspondan |
| Más de 300 cm² | 3.5 x 3.88 cm | Los que correspondan |
La tabla A1 publicada en el DOF escribe las medidas como «cm2 de ancho»; por la proporción del octágono se leen como centímetros. Si tu envase está cerca de un límite, mide dos veces: medio centímetro cuadrado de diferencia cambia el tamaño del sello.
¿Cómo calculo la superficie principal de mi envase?
Con las fórmulas del numeral 4.3 de la NOM-030. En una caja o bolsa, ancho por alto de la cara principal. En un frasco o botella, el 40 % de la altura útil por el perímetro, sin contar hombros, cuello ni bordes. Ese número decide la altura mínima del contenido neto y el tamaño de los sellos.
La fórmula del cilindro es la que más confunde. La NOM-030 toma la altura del envase sin bordes, cuellos ni hombros, la multiplica por el perímetro de la circunferencia mayor (diámetro por 3.1416) y se queda con el 40 % del resultado. Un frasco de 7 cm de diámetro con 8 cm de altura útil da 7 x 8 x 3.1416 x 0.40 = 70.4 cm². Esa es la superficie principal, aunque la etiqueta que le pongas mida más.
Con la superficie principal entras a la tabla 1 de la NOM-030 para la altura mínima del contenido neto: hasta 32 cm², 1.5 mm; de 32 a 161 cm², 3.0 mm; de 161 a 645 cm², 4.5 mm; de 645 a 2,580 cm², 6.0 mm; arriba de eso, 12.0 mm. Si declaras en gramos o mililitros, la tabla 2 te deja usar el contenido en lugar del área: hasta 50, 1.5 mm; de 50 a 200, 2.0 mm; de 200 a 750, 3.0 mm; de 750 a 1,000, 4.5 mm; de 1 a 5 kg o litros, 5 mm; más de 5, 6 mm. Las palabras «Contenido neto» o «Cont. Net.» no tienen tamaño mínimo (numeral 4.1.4).
Los cuatro ejemplos de la tabla los calculamos nosotros con esas fórmulas, el 4 de noviembre de 2026, con medidas típicas de los envases que más etiquetamos. Úsalos para entender el método, no como respuesta para tu envase: mide el tuyo con regla y repite la cuenta.
Cuatro envases calculados, de principio a fin
| Envase | Superficie principal | Contenido neto, altura mínima (tabla 1) | Cada sello, si lleva | Dónde va el sello |
|---|---|---|---|---|
| Frasco de 7 cm de diámetro y 8 cm de altura útil | 70.4 cm² | 3.0 mm | 2.0 x 2.22 cm | Esquina superior derecha |
| Botella de 6 cm de diámetro y 12 cm de altura útil | 90.5 cm² | 3.0 mm | 2.0 x 2.22 cm | Esquina superior derecha |
| Caja con cara principal de 10 x 15 cm | 150 cm² | 3.0 mm | 2.5 x 2.77 cm | Esquina superior derecha |
| Frasco chico de 4 cm de diámetro y 4 cm de altura útil | 20.1 cm² | 1.5 mm | Uno solo con número, 1 x 1.11 cm | Cualquier parte de la superficie principal |
Método: superficie del cilindro = diámetro x altura útil x 3.1416 x 0.40 (NOM-030, numeral 4.3 c); rectángulo = ancho x alto (numeral 4.3 a). Tamaño de sello: tabla A1 de la NOM-051. Ubicación: numeral 4.5.3.4.6.
¿Y si vendo cosméticos, bebidas con alcohol, velas o ropa?
Cada familia tiene su norma. Los cosméticos siguen la NOM-141, con lista de ingredientes y lote obligatorios. Las bebidas alcohólicas, la NOM-142, con graduación y leyenda de abuso en el consumo. Lo que no tiene norma propia, como una vela o una artesanía, sigue la NOM-050. La ropa sigue la NOM-004, en etiqueta permanente.
Cosméticos. La NOM-141 pide la lista de ingredientes precedida de la palabra «Ingredientes», en orden decreciente; los que están al 1 % o menos pueden ir en cualquier orden, y se aceptan los nombres de la nomenclatura internacional INCI (numerales 5.3.1 y 5.3.3). La fecha de caducidad solo es obligatoria si el producto dura 24 meses o menos, y hay excepciones como jabones sólidos, aceites, sales de baño y perfumes (numeral 5.3.6). El lote puede ir en clave o en lenguaje claro, siempre que no se borre con el uso (numeral 5.1.7.1).
Bebidas con alcohol. La NOM-142 exige en la cara principal la denominación, la graduación en % Alc. Vol., la marca y el contenido (numeral 9.1.4), y la leyenda «EL ABUSO EN EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO ES NOCIVO PARA LA SALUD» en mayúsculas de letra condensada, con altura mínima de 1.5 mm hasta 50 ml, 2.0 mm hasta 190 ml, 2.5 mm hasta 500 ml, 3.0 mm hasta 1 litro y 5.0 mm hasta 4 litros (numeral 9.3.7.2.1).
Velas, jabones artesanales que no se venden como cosmético, accesorios y regalos. La NOM-050 pide, como mínimo, el nombre genérico si el producto no se reconoce a simple vista, la cantidad, el nombre y domicilio fiscal del responsable, el país de origen, advertencias si es peligroso e instrucciones si su uso las requiere (numeral 5.2.1). El nombre y la cantidad van en la superficie principal (numeral 5.2.2 d).
Ropa. Aquí la etiqueta de vinil adhesivo no es la respuesta. La NOM-004-SE-2021 pide una etiqueta permanente, que dure lo mismo que la prenda y vaya cosida, termofijada, bordada o estampada (numeral 3.8.1). Una etiqueta adhesiva cuenta como temporal (numeral 3.8.3) y sirve para la bolsa o el empaque, no para cumplir con la prenda.
¿Qué cuidar al imprimir para no perder lo que pide la norma?
Que los datos se lean y no se borren. La NOM-051 pide caracteres claros, visibles, indelebles y en colores contrastantes, y que la etiqueta siga en el envase hasta que se consume. Eso significa texto oscuro sobre fondo claro, letra que no baje del mínimo, vinil que aguante la humedad y laminado si se lava o se refrigera.
La norma no dice de qué material va la etiqueta, pero sí que debe permanecer disponible hasta el consumo en condiciones normales (NOM-051, numeral 4.7.1.1; NOM-141, numeral 5.1.3). Un frasco que vive en el refrigerador y se moja cada vez que lo sacas pone a prueba esa frase. Por eso, para envases que se lavan, se refrigeran o se manipulan mucho, el vinil con laminado es la opción conservadora.
El error de contraste más común es el vinil transparente sobre un producto oscuro: la tinta no trae blanco detrás y el texto se pierde contra el café, la salsa o el aceite. Si quieres el efecto transparente, deja una zona blanca detrás de los datos o usa vinil blanco para la etiqueta trasera. El acabado mate también ayuda: no refleja la luz del anaquel sobre la tabla nutrimental.
Lote y caducidad pueden ir en cualquier parte del envase (numeral 4.7.1.3). Si cambian en cada tanda, deja un recuadro en blanco en la etiqueta para sellarlos o escribirlos, así no reimprimes el diseño completo cada semana.
Antes de autorizar, imprime la prueba a tamaño real y mide con regla la altura de los números del contenido neto y de la tabla nutrimental. En pantalla todo se ve grande; en una etiqueta de 5 cm, 1.5 mm es menos de lo que parece.
Errores que vemos antes de imprimir, y cómo evitarlos
| Error | Por qué importa | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| Diseño reducido para que quepa, con letra menor a 1.5 mm | La tabla nutrimental y el contenido neto tienen altura mínima | Mide la prueba impresa con regla, no en pantalla |
| Contenido neto en la etiqueta trasera | Debe ir en la superficie principal | Ponlo en el frente, junto a la denominación |
| Texto oscuro sobre vinil transparente y producto oscuro | Se pierde el contraste que pide la norma | Zona blanca detrás del texto o vinil blanco |
| Datos solo en inglés en un producto importado | La información obligatoria va también en español | Agrega la etiqueta en español antes de vender |
| Personaje infantil en un producto con sellos | Lo prohíbe el numeral 4.1.5 | Revisa el diseño con tu asesor si llevas sellos |
| Lote y caducidad impresos fijos en el diseño | Cambian en cada tanda y obligan a reimprimir | Deja un recuadro en blanco para sellarlos |
¿Cómo armo la etiqueta paso a paso antes de imprimirla?
En cinco pasos: identifica qué norma te toca, arma el texto obligatorio con quien responde por el producto, calcula la superficie principal para saber tamaños mínimos, diseña respetando esos mínimos y autoriza una prueba impresa a tamaño real. El orden importa: si diseñas primero y calculas después, casi siempre hay que rehacer el frente.
Identifica tu norma
Alimento o bebida sin alcohol, cosmético, bebida alcohólica, textil o producto general. Si dudas entre dos, pregúntale a un asesor regulatorio antes de seguir.
Arma el texto con el responsable
Ingredientes, alérgenos, tabla nutrimental y, si aplica, cuántos sellos lleva. Ese contenido lo valida quien vende el producto; nosotros imprimimos lo que autorizas.
Calcula la superficie principal
Con la fórmula de la NOM-030. De ahí salen la altura mínima del contenido neto, el tamaño de los sellos y si caben varios o uno solo.
Diseña con los mínimos
Denominación y contenido neto al frente, sellos arriba a la derecha, texto oscuro sobre claro y un recuadro libre para lote y caducidad.
Prueba impresa a tamaño real
Mídela con regla y pégala en el envase real. Lo que autorizas en la prueba es lo que se imprime en todo el tiraje.
¿Cómo sé qué norma le toca a mi producto?
Con tres preguntas, en este orden. ¿Se come o se bebe? Entonces NOM-051, o NOM-142 si tiene alcohol. ¿Se aplica sobre la piel, el cabello o las uñas para limpiar, perfumar o embellecer? NOM-141. ¿Es una prenda o un textil? NOM-004. Si no es ninguno y no tiene norma propia, NOM-050. La cantidad siempre sigue la NOM-030.
Esta guía no basta, y conviene un asesor, en estos casos: suplementos alimenticios, alimentos para bebés, productos con declaraciones como «sin azúcar», «light» o «alto en», productos importados que vas a reetiquetar, y cualquier producto que la autoridad ya te haya observado. Tampoco revisamos ni avalamos el cumplimiento de tu etiqueta: imprimimos el texto que autorizas.
Ya tienes el texto: elige el material
Vinil blanco o transparente, brillante o mate, con o sin laminado, según tu envase.
Cómo elegir etiquetas: guíaPrepara el archivo para imprenta
Medida real, letras en curvas y resolución suficiente para que los datos chicos salgan nítidos.
Cómo preparar tu archivo: guía
Árbol rápido para encontrar tu norma
| Pregunta | Si la respuesta es sí | Sigue |
|---|---|---|
| ¿Se come o se bebe y no tiene alcohol? | NOM-051-SCFI/SSA1-2010 | Calcula superficie y revisa si lleva sellos |
| ¿Es una bebida con alcohol? | NOM-142-SSA1/SCFI-2014 | Graduación y leyenda en el frente |
| ¿Se aplica en piel, cabello o uñas? | NOM-141-SSA1/SCFI-2012 | Ingredientes, lote y modo de uso |
| ¿Es ropa, accesorio textil o ropa de casa? | NOM-004-SE-2021 | Etiqueta permanente en la prenda |
| ¿Ninguna de las anteriores? | NOM-050-SCFI-2004 | Nombre, cantidad, responsable y origen |
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Preguntas frecuentes sobre qué lleva la etiqueta: guía
Lo que nos preguntan antes de cotizar. Si tu duda no está aquí, escríbenos.
¿Qué es la NOM-051?
Es la norma oficial mexicana de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, publicada en el DOF el 5 de abril de 2010 y modificada el 27 de marzo de 2020 para agregar los sellos de advertencia. Dice qué datos lleva la etiqueta, dónde van y cómo se presentan. La firman la Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, por medio de la COFEPRIS.
¿Mi producto artesanal también necesita etiqueta con la NOM-051?
La norma no distingue entre artesanal e industrial: aplica al alimento o bebida preenvasado que se vende al consumidor final. Deja fuera los productos a granel y los envasados en el punto de venta (numeral 1). Si empacas antes de vender, en tu cocina o en un obrador, lo prudente es asumir que sí aplica y confirmarlo con un asesor.
¿Qué pasa si mi envase es muy pequeño?
Hay tres alivios en la NOM-051. Si la superficie más amplia mide menos de 10 cm², puedes quedar exento de ingredientes, instrucciones, lote y caducidad, salvo especias y hierbas (numeral 4.2). Con 40 cm² o menos de superficie principal va un solo sello con número. Y con 32 cm² o menos, la tabla nutrimental baja a 1 mm de letra.
¿Dónde pongo el lote y la fecha de caducidad?
En cualquier parte del envase (NOM-051, numeral 4.7.1.3). El lote va precedido de «LOTE», «L» u otra indicación permitida, y la caducidad de «Caducidad», «CAD» o «Consumir preferentemente antes del». Si cambian en cada tanda, deja un recuadro en blanco en la etiqueta para sellarlos o escribirlos sin reimprimir el diseño.
¿Puedo poner la etiqueta solo en inglés?
No. La información obligatoria va en español; puede ir además en otro idioma (NOM-051, numeral 4.8.1; NOM-050, numeral 5.2.2; NOM-141, numeral 5.1.1, que además pide que el español no sea más chico que el otro idioma). En productos importados se suele agregar una etiqueta en español antes de venderlos.
¿Qué tamaño mínimo debe tener el contenido neto?
Lo fija la NOM-030 según el área de la superficie principal: 1.5 mm hasta 32 cm², 3.0 mm hasta 161 cm², 4.5 mm hasta 645 cm² y 6.0 mm hasta 2,580 cm². Si declaras en gramos o mililitros, puedes usar la tabla por contenido, que pide 3.0 mm entre 200 y 750 g o ml.
¿Puedo escribir que mi producto no tiene sellos?
Sí, pero solo con la frase «Este producto no contiene sellos ni leyendas», por escrito, sin gráficos que imiten un sello, fuera de la superficie principal y con letra igual o menor que el tamaño mínimo del contenido neto (NOM-051, numeral 4.1.4 Bis). No puede ir como sello ni como insignia en el frente.
¿Cambió algo del etiquetado en 2025?
Sí. Un acuerdo del DOF del 31 de julio de 2025 alargó la segunda fase de cálculo de los sellos hasta el 31 de diciembre de 2027 y fijó la tercera desde el 1 de enero de 2028. Además se aprobó para consulta pública un proyecto que modifica el numeral 4.5.3. Confirma con tu asesor si ya hay versión definitiva.
¿Ustedes revisan que mi etiqueta cumpla la norma?
No. Imprimimos exactamente el texto que autorizas en la prueba y te avisamos si vemos algo que se va a leer mal, como letra muy chica o poco contraste. Que la etiqueta cumpla es responsabilidad de quien vende el producto; para revisarla conviene un asesor regulatorio o una unidad de inspección.
¿De qué material conviene imprimir una etiqueta de alimento?
La norma no fija material, pero pide que la etiqueta siga en el envase hasta el consumo y que los datos sean indelebles. El vinil adhesivo aguanta humedad y roce mejor que el papel, y el laminado protege la impresión si el envase se refrigera o se lava. No afirmamos que el vinil sea apto para contacto directo con el alimento.
Glosario
- Producto preenvasado
- El que se pone en un envase sin el consumidor presente y cuya cantidad no cambia sin abrir el envase (NOM-051, numeral 3.42).
- Superficie principal de exhibición
- La parte de la etiqueta donde están la denominación y la marca, sin contar sellados ni empalmes. Su área se calcula con la NOM-030 (NOM-051, numeral 3.49).
- Superficie de información
- Cualquier área del envase distinta de la superficie principal: la parte de atrás o los costados (NOM-051, numeral 3.48).
- Denominación
- El nombre que describe qué es el producto, distinto de la marca. En alimentos va en negrillas en la superficie principal.
- Contenido neto
- La cantidad de producto sin el envase, en unidades del sistema general de medida, con altura mínima fijada por la NOM-030.
- Masa drenada
- El peso del alimento sólido sin el líquido en que viene, como en unos chiles en vinagre. Va junto al contenido neto cuando aplica.
- Lote
- Clave que identifica una tanda de producción para poder rastrearla; debe ser indeleble y no se puede alterar.
- Sello de advertencia
- Octágono negro con contorno blanco que avisa exceso de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans o sodio (NOM-051, numeral 3.45).
- Perfil nutrimental
- Los valores límite con los que se calcula si un producto lleva sellos. Están en la tabla 6 de la NOM-051 y su aplicación va por fases.
- Alérgeno
- Ingrediente que puede causar hipersensibilidad, como gluten, leche, huevo o cacahuate. Se declara al final de los ingredientes, en negrillas, tras «Contiene».
- INCI
- Nomenclatura internacional de ingredientes cosméticos. La NOM-141 permite usar esos nombres en la lista de ingredientes.
- Etiqueta permanente
- En ropa, la que dura lo mismo que la prenda y va cosida, termofijada, bordada o estampada (NOM-004-SE-2021, numeral 3.8.1).
- Responsable del producto
- Quien fabrica, importa o manda fabricar el producto. Su nombre y domicilio fiscal van en la etiqueta y responde por lo que dice.
Fuentes
Documentos primarios que leímos para escribir esta guía. Lo que no está aquí sale de la operación del taller y así se indica en el texto.
- Modificación a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados
- NOM-051-SCFI/SSA1-2010, texto de 2010 con sus modificaciones de 2010 y 2014
- Acuerdo por el que se amplía el plazo de la segunda fase y se actualiza el inicio de la tercera fase de la NOM-051
- Proyecto de modificación al numeral 4.5.3 de la NOM-051 (PROY-NOM-051-SE/SSA1-2025)
- NOM-030-SCFI-2006, Información comercial. Declaración de cantidad en la etiqueta. Especificaciones
- NOM-050-SCFI-2004, Información comercial. Etiquetado general de productos
- NOM-141-SSA1/SCFI-2012, Etiquetado para productos cosméticos preenvasados
- NOM-142-SSA1/SCFI-2014, Bebidas alcohólicas. Especificaciones sanitarias. Etiquetado sanitario y comercial
- NOM-004-SE-2021, Información comercial. Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa
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